Derechos de las personas detenidas por la CPI deben garantizarse según el Estatuto de Roma
Se exige que los Estados Partes del Estatuto de Roma garanticen derechos básicos a las personas detenidas por la Corte Penal Internacional.

Foto: El Nuevo Diario
Cobertura de esta historia
La Corte Penal Internacional (CPI) ha establecido que los Estados Partes del Estatuto de Roma deben garantizar los derechos de las personas detenidas en nombre de la CPI, desde el momento de su arresto. Estos derechos incluyen el derecho a no ser sometido a tortura, a no ser interrogado en un idioma que no comprenda, y a contar con un defensor público si no puede pagar un abogado. Además, se exige que los Estados revisen su legislación para asegurar que se respeten los estándares mínimos de debido proceso, según el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Contra la Tortura.
Los Estados Partes también deben capacitar a sus oficiales de policía para garantizar el respeto a estos derechos. Se recomienda que se establezcan centros penitenciarios especiales para personas acusadas por la CPI, salvo que ya estén bajo custodia por otra causa. Asimismo, se sugiere que se cree un proceso para indemnizar a quienes sean arrestados o detenidos incorrectamente.
El artículo 100 del Estatuto de Roma permite que los Estados no paguen por servicios de interpretación y traducción cuando se solicite a la CPI. Sin embargo, se insiste en la importancia de garantizar un juicio justo e imparcial, sin que las pruebas obtenidas mediante métodos ilegales o inadecuados afecten la justicia del proceso. El respeto a estos derechos se considera un estándar mínimo bajo el derecho internacional.
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